Atender las necesidades de consumo de los Asociados, mediante la prestación directa, o a través de convenios especiales que la Cooperativa celebre con otras personas naturales o jurídicas.
Adquirir en el mercado bienes muebles, víveres, mercancías y demás artículos o productos que necesite el Asociado y/o su familia, para su sostenimiento bienestar y progreso.

En lo relacionado con el comité de Solidaridad podrán otorgar lo siguiente:

AUXILIOS ASIGNADOS:
La Cooperativa COOPERAMOS concederá a sus Asociados, a través de su Comité de Solidaridad, auxilios de calamidad que serán individuales, reconociéndolos por una vez y por una sola calamidad en el periodo fiscal correspondiente y que tengan como causa la enfermedad, el caso fortuito o la fuerza mayor se otorgarán auxilios en las siguientes cuantías:

Incendio y/o inundación, amenazas naturales y/o antropicas, hasta tres (3) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.

Gastos hospitalarios y/o quirúrgicos, hasta cuatro (4) S.M.M.L.V.

Auxilio para lentes, se reconocerá el 30% del valor de la factura y en ningún caso podrá exceder el 50% S.M.M.L.V.

Auxilio por fallecimiento del Asociado o Funcionario, hasta tres (3) S.M.M.L.V.

Auxilios educativos derivados de calamidades, hasta un (1) S.M.M.L.V.

Ofrendas florales, bonos y demás presentes hasta 20% S.M.M.L.V.